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This Concept Map, created with IHMC CmapTools, has information related to: ADMISIÓN DEMANDA, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 208 El demandado hace valer consignación de lo que crea deber, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 210 Si se allana a la demanda se ordena la ratificación y se declara cosa juzgada, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 225 La parte demandada tiene doce días para constestar demanda, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 211 No procede citar para sentencia cuando surtan efectos para terceros, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) ADMISIÓN ART. 202 Si no cumple requisitos, se emplaza para subsanarlos si no se rechaza, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 219 Con la conciliación se pretende solucionar el conflicto, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 207 Se tendrá como negativa de hechos, aducirlos como incompatibles referidos por el actor, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 218 Admitida la demanda se cita al demandado para conciliar, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 227 En acción reconvencional se procede en mismos términos de Ley para demanda y contestación, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 217 A partir del auto admisorio de demanda se inicia el juicio, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 209 La confesión de hechos no entraña aplicación del Derecho del actor, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 213 Si el demandado no cuenta con documentos a la mano, indicará su ubicación., LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 205 No contestar demanda implica negativa y continua procedimiento, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 222 El tribunal hace saber pretenciones y propone alternativas de solución del conflicto., LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 223 Si se llega a un arreglo entre las partes se redactará un convenio., LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 216 Las contiendas entre partes se substanciaran por este Código, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 226 La parte actora tiene tres días para objetar pruebas del demandado, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) DESAHOGO DEL JUICIO ART. 221 El tribunal conmina a las partes a conciliar para evitar el juicio, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 212 El escrito de contestacion debe constar en documentos y otros medios, LA DEMANDA (Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla) CONTESTACIÓN ART. 215 Al no colmar algún presupuesto procesal puede subsanarse en cinco días.