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This Concept Map, created with IHMC CmapTools, has information related to: UNION EUROPEA, dan los Estados Miembros por lo que toda competencia no atribuida a la UE corresponde a estos en este sentido encontramos una delimitación de competencias: exclusivas (art. 3 del TFUE), podrá legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes y si llegase a suceder que los Estados lo llegaran a hacer es solo si son facultados por la UE, a)el principio de subsidiariedad, la cual posee dos vertientes, una positiva y una negativa la positiva promueve las competencias a favor de la UE, pues establece que debe actuar cuando los fines perseguidos pueden alcanzarse mejor a escala Unión, una limitación definitiva de soberanía contra la que no puede prevalecer un acto unilateral ulterior incompatible con el concepto de Comunidad, que se adopten las medidas necesarias para la ejecución eficaz y coherente de atribuciones expresamente concedidas y que han cobrado importancia para las relaciones exteriores, en el que expongan las razones por las cuales la propuesta legislativa en cuestión no cumple los requisitos si este dictamen motivado se ve respaldado por al menos un tercio de los votos asigandos a los parlamentos nacionales la propuesta deberá volver a ser revisada por el autor, las funciones económicas con la creación de un mercado común que se ve complementado por la Unión Monetaria lo anterior radica en la introducción de una moneda única y en la dirección de asuntos monetarios de forma centralizada, asunto costa/enel y los conflictos que suscitó la nacionalización de la producción y suminstro de electricidad en Italia se constató que al Derecho creado por el Tratado, nacido de una fuente autónoma, la naturaleza jurídica de cierta organización es necesario un estudio jurídico de la misma en función de sus propiedades características, dan los Estados Miembros por lo que toda competencia no atribuida a la UE corresponde a estos en este sentido encontramos una delimitación de competencias: Implicitas, esta engloba atribuciones en los ámbitos económico, social y político pero en sí el eje central lo tienen las funciones económicas con la creación de un mercado común que se ve complementado por la Unión Monetaria, dan los Estados Miembros por lo que toda competencia no atribuida a la UE corresponde a estos en este sentido encontramos una delimitación de competencias: compartidas (art. 4 del TFUE), asunto van gend & Loos esta emitió una sentencia donde se afirmaba la validez de los tratados no solo para los Estados sino tambíen para los ciudadanos de estos, UNIÓN EUROPEA en cuanto a las funciones esta engloba atribuciones en los ámbitos económico, social y político, en los ámbitos supeditados a este tipo de competencias por lo tanto los Estados miembros conservan la responsabilidad en la construcción jurídica y cuentan a este respecto con un margen considerable de libertad, ademas de estas sentencias destacamos otros rasgos característicos de la naturaleza jurídica de la UE A) estructura institucional que garantiza que la formación de la voluntad en la UE tambien reciba influencia del interés general europeo B)transferencia de competencias a las instituciones de la Unión C) establecimiento de un ordenamiento jurídico propio, al menos un tercio de los votos asigandos a los parlamentos nacionales la propuesta deberá volver a ser revisada por el autor en muchos casos la Comisión Europea, ejercer la competencia, la cual se extiende a actos jurídicos y no al ambito político en su conjunto los Estados miembros ejercerán su competencia en la medida en que la UE deje de ejercer la suya o haya dejado de hacerlo, Implicitas las cuales estan destinadas a que se adopten las medidas necesarias para la ejecución eficaz y coherente, coordinar las políticas económicas nacionales de forma suficiente para que estas no se vean contrariadas en cuanto a ámbitos políticos económicos cabe citar la política agrícola y pesquera, la política de transportes, la política del consumidor, la estructural, la medioambiental, de salud, comercial energética, etc