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This Concept Map, created with IHMC CmapTools, has information related to: DERECHO DE MAR, convenciones de Ginebra de 1958 sobre a) el mar territorial y la zona contigua b)el alta mar c)la plataforma continental d)la pesca y la conservación de recursos el Di clásico lo dividió en EL ALTA MAR, y por interes de los Estados se quiso mantener la institución del paso inocente en lugar de corredor de alta mar ejemplo España con Gibraltar, es parte integrante del territorio nacional y el Estado ribereño ejerce soberanía la unica limitación es que se debe permitir a los buques de todos los Estados paso inocente, los Estados reinvindicaran sus derechos sobre ellos en general fueron los mas industrializados los que crearon un Derecho consetudinario que mas tarde se codifico, de el temor a la sobre-explotación y eventual extinción de recursos pesqueros provocó interes de los Estados ribereños en la pesca exclusiva, Según el articulo 2 la soberanía del Estado ribereño se extiende más allá de su territorio y de sus aguas interiores, con una suave pendiente y luego con una brusca caida a los fondos abismales según la CONVEMAR comprenden el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de si mar territorial, el espacio de soberania del Estado ribereño con los inteteses de diversos Estados se hicieron nuevas divisiones: PLATAFORMA CONTINENTAL Y ALTA MAR, los derechos de soberania lo cuales debe entenderse como una jurisdicción especial para fines especificos lo que significa derechos de exploración y explotación sobre los recursos vivos y no vivos, se encuentran en el área cercana a las costas la zona económica exclusiva adyacente al mar territorial no es parte del territorio nacional y el Estado ribereño no ejerce soberanía, ZONA CONTIGUA Y ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA La CONVEMAR Le dedica un solo artículo, el 33, el espacio común a todos regido por el principio de libertad de los mares con los inteteses de diversos Estados se hicieron nuevas divisiones: PLATAFORMA CONTINENTAL Y ALTA MAR, reconocimiento de soberania como la ejercida en las aguas interiores y el mar territorial su anchura no se extenderá las 200 millas marinas contadas desde la linea base, La convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Mar (1982) fueron las cuatro convenciones de Ginebra de 1958 sobre a) el mar territorial y la zona contigua b)el alta mar c)la plataforma continental d)la pesca y la conservación de recursos, es una zona contigua al mar territorial, el Estado tomará medidas de fiscalización: a) Prevenir infracciones a sus leyes b)Sancionar las infracciones c)no podra extenderse mas de 24 millas marinas contadas desde las líneas base, son parte del territorio nacional, el Estado ribereño ejerce soberanía sobre ellas de igual modo sobre sus aguas, suelo subsuelo, y sobre el espacio aéreo suprayacente, AGUAS INTERIORES Y MAR TERRITORIAL tenemos que Según el articulo 2 la soberanía del Estado ribereño, la zona contigua forma parte de la zona económica excluisva sin embargo no incluye derechos en materia de pesquerias, algunas masas continentales continuan bajo el agua en el mar primero descienden con una suave pendiente y luego con una brusca caida a los fondos abismales, de los Estados ribereños en la pesca exclusiva pues la mayoría de los recursoss se encuentran en el área cercana a las costas