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Este Cmap, tiene información relacionada con: sistem de acreditacion, ARTÍCULO 3o. ESCALA DE CALIFICACIÓN. Para efecto de que el enteacreditador evalúe el cumplimiento de los estándares de acreditación, se adopta la escala de calificación MANUAL Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario Colombia, ARTÍCULO 2o.MANUALES 1. Manual de Estándares de Acreditación para las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB. 2. Manual de Estándares de Acreditación para los Laboratorios Clínicos. 3. Manual de Estándares de Acreditación para las Instituciones que ofrecen servicios de Imagenología. 3. Manual de Estándares de Acreditación para las Instituciones que ofrecen servicios de Imagenología. 4. Manual de Estándares de Acreditación para las Instituciones que ofrecen servicios de salud de Habilitación y Rehabilitación. 5. Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario MANUAL Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario Colombia, ARTÍCULO 4o. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA DE ACREDITACIÓN. la Junta de Acreditación estará conformada por un grupo de expertos en temas de gestión, evaluación y mejoramiento de la calidad que acrediten experiencia mínima de cinco (5) años en el desempeño de cargos directivos en instituciones del sector salud MANUAL Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario Colombia, Resolución 2082 de 2014 resuelve Por la cual se dictan disposiciones para la operatividad del Sistema Único de Acreditación en Salud", SISTEMA UNICO DE ACREDITACIÓN regida por Resolución 123 de 2012, Por la cual se definen las funciones de la Entidad acreditadora y se adoptan otras disposiciones. compuesta por ARTÍCULO 4o. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA DE ACREDITACIÓN. la Junta de Acreditación estará conformada por un grupo de expertos en temas de gestión, evaluación y mejoramiento de la calidad que acrediten experiencia mínima de cinco (5) años en el desempeño de cargos directivos en instituciones del sector salud, Por la cual se dictan disposiciones para la operatividad del Sistema Único de Acreditación en Salud" compuesta por ARTÍCULO 2o.MANUALES 1. Manual de Estándares de Acreditación para las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB. 2. Manual de Estándares de Acreditación para los Laboratorios Clínicos. 3. Manual de Estándares de Acreditación para las Instituciones que ofrecen servicios de Imagenología. 3. Manual de Estándares de Acreditación para las Instituciones que ofrecen servicios de Imagenología. 4. Manual de Estándares de Acreditación para las Instituciones que ofrecen servicios de salud de Habilitación y Rehabilitación. 5. Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario, SISTEMA UNICO DE ACREDITACIÓN regida por Resolución 346 de 2017, Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario Colombia ???? ????, SISTEMA UNICO DE ACREDITACIÓN regida por Resolución 2082 de 2014, "Por la cual se inscribe una entidad en el Registro Especial de Acreditadores en Salud" hasta el 31 de enero de 2021 compuesta por ARTÍCULO 5o. OTORGAMIENTO DE LA ACREDITACIÓN. la Junta de Acreditación dispondrá del grado de discrecionalidad definido en los mencionados procedimientos, dejando registro explícito de sus deliberaciones, en las actas de las reuniones., Por la que se dicta la unificacion del manual de acreditacion ambulatorio y hospitalario compuesta por ARTÍCULO 4o. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA DE ACREDITACIÓN. la Junta de Acreditación estará conformada por un grupo de expertos en temas de gestión, evaluación y mejoramiento de la calidad que acrediten experiencia mínima de cinco (5) años en el desempeño de cargos directivos en instituciones del sector salud, ARTÍCULO 1o FUNCIONES 1. Promover SUA. 2. Seleccionar y entrenar a los profesionales que cumplirán las funciones. 3. Estandarizar los procedimientos de evaluación. 4. Definir el procedimiento operativo para presentarse al proceso de Acreditación. 5. Conformar la Junta de Acreditación y el Comité de Apelaciones. 6. Revocar o suspender la acreditación otorgada. 7. Diseñar, sistematizar y mantener actualizado un banco de datos 8. Divulgar las instituciones acreditadas. 9. Presentar al Ministerio de la Protección Social informes que requiera para efectos de definición de políticas. 10. Elaborar y enviar un informe ejecutivo semestral al Ministerio de la Protección Social y a la Superintendencia Nacional de Salud. MANUAL Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario Colombia, SISTEMA UNICO DE ACREDITACIÓN regida por RESOLUCIÓN 1445 DE 2006, Por la que se dicta la unificacion del manual de acreditacion ambulatorio y hospitalario compuesta por ARTÍCULO 3o. ESCALA DE CALIFICACIÓN. Para efecto de que el enteacreditador evalúe el cumplimiento de los estándares de acreditación, se adopta la escala de calificación, Por la que se dicta la unificacion del manual de acreditacion ambulatorio y hospitalario compuesta por ARTÍCULO 5o. OTORGAMIENTO DE LA ACREDITACIÓN. la Junta de Acreditación dispondrá del grado de discrecionalidad definido en los mencionados procedimientos, dejando registro explícito de sus deliberaciones, en las actas de las reuniones., "Por la cual se inscribe una entidad en el Registro Especial de Acreditadores en Salud" hasta el 31 de enero de 2021 compuesta por ARTÍCULO 3o. ESCALA DE CALIFICACIÓN. Para efecto de que el enteacreditador evalúe el cumplimiento de los estándares de acreditación, se adopta la escala de calificación, "Por la cual se inscribe una entidad en el Registro Especial de Acreditadores en Salud" hasta el 31 de enero de 2021 compuesta por ARTÍCULO 1o FUNCIONES 1. Promover SUA. 2. Seleccionar y entrenar a los profesionales que cumplirán las funciones. 3. Estandarizar los procedimientos de evaluación. 4. Definir el procedimiento operativo para presentarse al proceso de Acreditación. 5. Conformar la Junta de Acreditación y el Comité de Apelaciones. 6. Revocar o suspender la acreditación otorgada. 7. Diseñar, sistematizar y mantener actualizado un banco de datos 8. Divulgar las instituciones acreditadas. 9. Presentar al Ministerio de la Protección Social informes que requiera para efectos de definición de políticas. 10. Elaborar y enviar un informe ejecutivo semestral al Ministerio de la Protección Social y a la Superintendencia Nacional de Salud., Por la cual se definen las funciones de la Entidad acreditadora y se adoptan otras disposiciones. compuesta por ARTÍCULO 5o. OTORGAMIENTO DE LA ACREDITACIÓN. la Junta de Acreditación dispondrá del grado de discrecionalidad definido en los mencionados procedimientos, dejando registro explícito de sus deliberaciones, en las actas de las reuniones., Por la que se dicta la unificacion del manual de acreditacion ambulatorio y hospitalario compuesta por ARTÍCULO 1o FUNCIONES 1. Promover SUA. 2. Seleccionar y entrenar a los profesionales que cumplirán las funciones. 3. Estandarizar los procedimientos de evaluación. 4. Definir el procedimiento operativo para presentarse al proceso de Acreditación. 5. Conformar la Junta de Acreditación y el Comité de Apelaciones. 6. Revocar o suspender la acreditación otorgada. 7. Diseñar, sistematizar y mantener actualizado un banco de datos 8. Divulgar las instituciones acreditadas. 9. Presentar al Ministerio de la Protección Social informes que requiera para efectos de definición de políticas. 10. Elaborar y enviar un informe ejecutivo semestral al Ministerio de la Protección Social y a la Superintendencia Nacional de Salud.