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Este Cmap, tiene información relacionada con: 18. Qué no se puede patentar, ¿Qué no se puede patentar? Según la Decisión 486 (Art. 15) No se pueden patentar: a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos. b) El todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural. c) Las obras literarias o artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor. d) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales. e) los programas de ordenadores o el soporte lógico. f) Las formas de presentar información., ¿Qué no se puede patentar? Según la Decisión 486 (Art. 20) se impide el patentamiento de invenciones en los siguientes casos: -Cuando las invenciones sean contrarias al orden público o la moral. -Cuando pongan en riesgo la salud o la vida de personas o animales, o atenten contra los vegetales o el medio ambiente. -Cuando la invención se refiera a una planta o a un animal, o a procedimientos esencialmente biológicos para producirlos. A excepción de los procedimientos no biológicos o miocrobiológicos, los cuales pueden ser patentables. -Cuando la invención sea un método terapéutico, quirúrgico o de diagnóstico aplicado a seres humanos o animales.