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Este Cmap, tiene información relacionada con: constitucion, Toda persona tiene derecho a la protección de la salud ley definirá Las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución., Artículo 4o. que Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho., CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS manifiesta en Artículo 73., Artículo 73. el congreso tine facultad XVI., CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS manifiesta en Artículo 4o., Artículo 4o. que Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, XVI. Base reformada DOF 02-08-2007 1a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país. 2a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República. 3a. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.