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Este Cmap, tiene información relacionada con: Comercio Exterior parte FN, Se aplica en la totalidad del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional, con sujeción a la Constitución y la ley. Titulo 1 Capitulo 1, Regimenes especiales de exportación Art 369 Exportación por trafico postal: permite la exportación de los envíos de correspondencias y encomiendas que salen del territorio nacional, Decreto 390 de 2016 Estatuto Aduanero Por el cual se establece la regulación aduanera Se aplica en la totalidad del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional, con sujeción a la Constitución y la ley., Capitulo III Régimenes de Exportación TITULO V Exportación Temporal, Exportación a través de envíos de entrega rápida o mensajería expresa: la exportación de documentos, materiales impresos, paquetes u otras mercancías Art 373 Tramites de la exportación: El operador de envíos de entrega rápida o mensajeria expresa está obligado a presentar, a través de los servicios informarticos electrónicos, el manifiesto de envíos de entrega rápida, acompañado de los documentos de transporte, Exportación a Título Definitivo Art 355 Exportación de muestras sin valor comercial: La salida definitiva del territorio aduanero nacional de mercancías declaradas como muestra sin valor comercial, podrá realizarse por un valor FOB total que no exceda los USD 10.000., Exportación Temporal Art 366 Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo: permite la salida temporal de mercancías para ser sometidas a una operación de perfeccionamiento en el exterior., Capitulo 1 Art 3 ACUERDO COMERCIAL Entendimiento bilateral, plurilateral o multilateral entre Estados, que puede ser de cooperación internacional o de integración internacional comprende principalmente los tratados de libre comercio, los acuerdos de promoción comercial y los acuerdos de alcance parcial, suscritos por Colombia, que se encuentren vigentes o en aplicación provisional, Exportación Temporal Art 362 Exportación temporal para reimportacion en el mismo estado: Que permite la salida temporal de mercancía nacional o en libre circulación, con el fin de reimportarla en un plazo determinado., Exportación a Título Definitivo Art 354 Exportación Definitiva: que permite la salida del territorio aduanero nacional, de mercancías nacionales o mercancías en libre circulación, (Joyas, Oro, Esmeraldas y Obligación de combustible de los buques o aeronaves)., Capitulo III Régimenes de Exportación TITULO V Se aplica en la totalidad del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional, con sujeción a la Constitución y la ley., Exportación Temporal Art 364 Finalización del régimen:terminará si dentro del plazo del plazo fijado se presenta una de las siguientes situaciones: Reimportacion en el mismo estado, exportación definitiva, destrucción de la mercancía, Exportación Temporal Art 365 Exportación de bienes que formen parte del patrimonio cultural de a nación: podrán ser exportados temporalmente de conformidad con lo previsto en las leyes 397 de 1997 y 1185 de 2008, Capitulo III Régimenes de Exportación TITULO V Exportación a Título Definitivo, Se aplica en la totalidad del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional, con sujeción a la Constitución y la ley. TITULO II ART 17 OBLIGACIÓN ADUANERA: Es el vinculo jurídico entre la administración aduanera y cualquier persona directa o indirectamenterelacionada con cualquier formalidad, Capitulo III Régimenes de Exportación TITULO V Regimenes especiales de exportación, Exportación Temporal Art 363 Plazo: las mercancías exportadas temporalmente deberán someterse a un plazo de permanencia max un año contado a partir de la fecha de certificación del embarque, para su reimportación en el mismo estado., Exportación por trafico postal: permite la exportación de los envíos de correspondencias y encomiendas que salen del territorio nacional Art 372 Exportación a través de envíos de entrega rápida o mensajería expresa: la exportación de documentos, materiales impresos, paquetes u otras mercancías, Exportación a Título Definitivo Art 356 Prohibiciones: No podrán exportarse como muestras sin valor comercial los siguientes productos: (Café, esmeraldas,Art manufacturados de metal precioso, Oro y sus aleaciones, platino, Órganos humanos, bienes que forman parte del patrimonio artístico, Exportación a Título Definitivo Art 357 Exportación de café: Solo podrá efectuarse por la Federación nacional de cafeteros de Colombia Los lugares de exportación serán los establecidos por la DIAN. Solo podrá exportarse café que cumpla los requisitos de calidad establecidos por el comité nacional de cafeteros.